Tráfico de facturas será considerado como delincuencia organizada, ¿Cuáles son sus implicaciones?

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La expedición y enajenación de facturas falsas serán delitos de delincuencia organizada, cuando el Senado de la República realice las reformas a la ley correspondiente.

Además se busca aumentar las penas de cinco a ocho años de prisión al que por sí o por interpósita persona expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales —facturas— que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

¿Cuales son sus implicaciones?

“Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada: terrorismo, delitos contra la salud (p.e. tráfico de estupefacientes), falsificación o alteración de moneda, operaciones con recursos de procedencia ilícita, acopio y tráfico de armas, tráfico de indocumentados, tráfico de órganos; corrupción,, pornografía , turismo sexual, tráfico de menores, lenocinio, en contra de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, asalto, secuestro y trata de personas.”

 

  1. Se tipificará como delito federal grave y por tanto se le negará la libertad bajo causión.
  2. Sin perjuicio de las penas que correspondan por el delito o delitos que se cometan, al miembro de la delincuencia organizada se le aplicarán las penas de cuatro a ocho años de prisión y de doscientos cincuenta a doce mil quinientos días multa.
  3. Debido a que a efectos de que sea considerada delincuencia organizada se requiere que sean tres o más personas las coludidas, serán los accionistas de las empresas que emitan las facturas apócrifas y los que las adquieran, todos culpables.

Por todo lo anterior, es muy recomendable contar con un expediente muy claro y convincente de todas las operaciones de la empresa, en donde se demuestre que las transacciones celebradas son ciertas y reales, que carecen de vicios y que son demostrables, ante cualquier cuestionamiento de la autoridad.

En fg Desentis Consultores contamos con expertos que podrán asesorarlos en caso de cualquier duda a este respecto.

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Sobre el autor:

Contador Publico Titulado del ITESO Catedrático del ITESO en materias fiscales, financieras y contables. Ex Funcionario de empresa nacionales y transnacionales Especialidades en impuestos por la U. Panamericana y el ITESO

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