A partir del 1 de Enero el SAT implementará una serie de medidas a efectos de detectar y seleccionar a los contribuyentes evasores.
Existen muchas posibilidades para ser descubiertos por Hacienda en caso de que se cometa alguna irregularidad, así que hay que tener cuidado de no hacer nada por lo que se pueda caer en algún problema.
Lo primero que se debe saber es que el SAT puede hacer controles aleatorios, que se llevan a cabo de vez en cuando entre determinados sectores empresariales, ya se encuentren vinculados o no a asuntos en que se pueda sospechar de fraude. Por ejemplo, se pueden hacer controles aleatorios entre las firmas de contadores o abogados, el sector inmobiliario o algunas pymes.
Con el cruce de datos se detectan también muchas situaciones irregulares, especialmente porque la mayoría de los datos a aportar al SAT se pueden cruzar con otras instituciones: ayuntamiento, seguridad social, catastro, etc. En muchas ocasiones no se hace este cruce de datos, pero es algo posible.
Las empresas comunican las retribuciones y retenciones de personas con las que tienen relación laboral, por lo que hay que cuidar este aspecto, incluso en pagos en especie.
Los intereses de las cuentas: ya sea en depósitos, fondos de inversión o rendimiento en acciones se comunican al SAT, por lo que si no se declara se detecta automáticamente.
Si no se presenta la declaración, sobre todo si se ha hecho años anteriores, se debe hacer siempre que se esté obligado.
Errores en las declaraciones de impuestos. Se deben comunicar aunque los haga la propia Hacienda, ya que la responsabilidad es de la persona que tiene que declarar. Hay que tener en cuenta que se puede revisar la declaración de los 5 años anteriores.
En las deducciones se pueden cometer muchas irregularidades, por eso Hacienda está prestando cada vez más atención a este aspecto.
Si se declaran unas ganancias que no guardan proporcionalidad con las deducciones, se puede acabar disparando las alertas de los auditores.
Escriturar viviendas por debajo del precio de venta puede ser un peligro ya que algunos ayuntamientos cuentan con tablas de referencia de valoración de viviendas, por lo que si las cifras distan mucho se puede descubrir la irregularidad. Para ello, suelen consultar movimientos bancarios, la solicitud de la hipoteca y demás.
Algo que da lugar a serias sospechas es crear sociedades, dejarlas inactivas, y crear otras sociedades paralelas con los mismos socios, aunque distinta denominación. Esto es un peligro porque si hay deudas tributarias se podría derivar la responsabilidad o un expediente de sucesión de empresas.
Finalmente, se debe recordar que hoy en día no basta con atender la Ley del Impuesto Sobre la Renta, sino la Ley Federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, el Código Fiscal, la Ley General de Sociedades Mercantiles, etc., y que las irregularidades podrán ser castigadas como delitos penales.
En fg Desentis Consultores, nos reiteramos a sus órdenes para asesorarlos en cualquier asunto relacionado al presente.
DIC
Sobre el autor:
Contador Publico Titulado del ITESO Catedrático del ITESO en materias fiscales, financieras y contables. Ex Funcionario de empresa nacionales y transnacionales Especialidades en impuestos por la U. Panamericana y el ITESO