El fallecimiento de una persona física no la exime de sus obligaciones fiscales y será al momento de abrirse la sucesión cuando el albacea deberá presentar antes de repartir los bienes heredados la declaración anual de impuestos de extinto, desde el primero de enero y hasta le fecha que desapareció.
Así lo dispone la Ley del Impuesto Sobre la Renta en su artículo 92, pues obliga a los sucesores a continuar con las obligaciones del difunto al ...
Leer más →NOV