Deducciones Fiscales para personas físicas

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1.- Honorarios médicos, dentales y hospitalarios: para el trabajador, su esposa(o) o para la persona con quien viva en concubinato y para sus hijos, nietos, padres o abuelos, siempre y cuando ellos no obtengan ingresos que excedan de un salario mínimo al año.

2.- Gastos funerarios: No deben exceder de un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, efectuados para las personas antes señaladas (esposo, padres, abuelos, hijos).

3.- Gastos por rehabilitación: Aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, medicinas que se incluyan en las facturas que expidan los hospitales, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios clínicos o prótesis.

4.- Donativos: Serán deducibles los donativos que se otorguen a instituciones autorizadas por el SAT para expedir comprobantes deducibles del impuesto sobre la renta, por ejemplo la Cruz Roja, Teletón, u otros.

6.- Intereses reales pagados por créditos hipotecarios: deben estar destinados a casa habitación contratados con los integrantes del sistema financiero y que la cantidad del crédito no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión.

7.- Aportaciones complementarias de retiro: a la Afore o a planes personales de retiro o a la subcuenta de aportaciones voluntarias. Sin que excedan del equivalente a cinco salarios mínimos elevados al año.

8.- Primas por seguros de gastos médicos: siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien vive en concubinato o sus hijos, nietos, padres o abuelos.

9.- Gastos de transporte escolar, únicamente será deducible cuando en la escuela se obligue a todos los alumnos a pagar éste servicio.

10.- Colegiaturas: dependiendo del grado escolar, los montos deducibles están sujetos a un máximo de 14,200 pesos para preescolar, 12,900 pesos para primaria, 19,900 pesos para secundaria, 17,100 para escuelas de profesional técnico y 24,500 para bachillerato, estos montos aplican para cada alumno, de tal modo que si dos de tus hijos estudian la primaria, por cada colegiatura puedes deducir 12,900 pesos anuales.

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Sobre el autor:

Contador Publico Titulado del ITESO Catedrático del ITESO en materias fiscales, financieras y contables. Ex Funcionario de empresa nacionales y transnacionales Especialidades en impuestos por la U. Panamericana y el ITESO

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