En 50 días la contabilidad online será obligatoria.

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CIUDAD DE MÉXICO.- Las empresas con operaciones en México disponen de sólo 50 días naturales para transitar al sistema de contabilidad electrónica y proporcionar, a partir de enero de 2015, la información de sus operaciones al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Cabe recordar que la obligación de llevar la contabilidad electrónica inició en julio de 2014, pero debido a que los desarrolladores de software requieren tiempo para ofrecer herramientas eficientes a las empresas, el SAT otorgó una prórroga para que éstas le envíen sus balances hasta enero de 2015.

La decisión del SAT respondió a una demanda de la contaduría pública, la cual solicitó tiempo para que sus clientes se adapten a las nuevas disposiciones fiscales, incluido el uso del Buzón Tributario, por el cual deben enviar su contabilidad.

Según el órgano fiscalizador, “el nuevo esquema de contabilidad electrónica facilita el envío de información contable al SAT, con lo cual se anticipan las posibles revisiones de la autoridad y se garantiza una sola contabilidad por parte de los contribuyentes, que es reportada mensualmente vía electrónica” .

De acuerdo con el organismo, no es necesario entregar toda la contabilidad de la empresa, sino que se enviará electrónicamente al SAT el catálogo de cuentas por única vez; y en el caso de que se tengan actualizaciones, balanza de comprobación cada mes y pólizas contables, sólo en caso de que se ejerzan facultades de comprobación o cuando haya solicitud de devoluciones o compensaciones.

El SAT destacó que los contribuyentes solamente deben generar el archivo xml con su información y enviarlo a través del Buzón Tributario, al que pueden acceder mediante su ingreso a la página www.sat.gob.mx, utilizando para ello únicamente su firma electrónica.

Obligaciones A partir del 1 de enero de 2015 será obligatorio llevar estas pólizas de manera electrónica.
Los contribuyentes obligados a realizar contabilidad electrónica deben cumplir con llevar registro de al menos tres elementos: catálogo de cuentas, balanza de comprobación y pólizas o registros analíticos de sus operaciones comerciales, ya que son los que les requerirá el SAT.

El catálogo de cuentas deberán enviarlo sólo una vez, pero previamente tendrán que armonizar las cuentas que llevan actualmente bajo el concepto definido como Código Agrupador en las reglas de aplicación general que dio a conocer el SAT y el cual consta de 75 cuentas y varias subcuentas.

La balanza de comprobación es el único de los tres elementos de contabilidad electrónica que deberán enviar los causantes al SAT cada mes, por lo que deben incluir saldos iniciales, movimientos del periodo y saldos finales de todo su catálogo.

A partir del 1 de enero de 2015 será obligatorio llevar estas pólizas de manera electrónica, por lo que sólo en las revisiones fiscales que las autoridades efectúen por el ejercicio o meses de 2015, será cuando el SAT pueda requerir las pólizas contables en medios electrónicos.

En el mercado existe un amplio catálogo de desarrolladores de software que ofrecen a las empresas programas y herramientas para migrar a la contabilidad electrónica y cumplir en tiempo y forma con las obligaciones que exige el marco fiscal vigente a partir de enero de 2014.

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Sobre el autor:

Contador Publico Titulado del ITESO Catedrático del ITESO en materias fiscales, financieras y contables. Ex Funcionario de empresa nacionales y transnacionales Especialidades en impuestos por la U. Panamericana y el ITESO

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