Si recibiste dinero por créditos o regalos y premios, no está demás que informes al SAT en tu declaración anual para evitar discrepancias en tu ingreso; cuando superan los 600 mil pesos, estás obligado.
Si recibiste un depósito a alguna de tus cuentas bancarias como consecuencia de un regalo o préstamo solicitado a alguna persona o institución crediticia, es recomendable que lo declares al Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que la autoridad puede considerarlo como un ingreso y por ende cobrarte el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre ese monto extraordinario.
Aunque se vuelve obligatorio que lo informes al fisco si recibes recursos superiores a 600 mil pesos por préstamos, donativos, premios, herencias y premios, por cada concepto referido o en su conjunto, de acuerdo con información del SAT.
Por ejemplo, si pediste un préstamo por 400 mil pesos y además recibiste un donativo por 300 mil pesos, debes declararlo porque la suma de ambos supera el monto establecido.
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Sobre el autor:
Contador Publico Titulado del ITESO Catedrático del ITESO en materias fiscales, financieras y contables. Ex Funcionario de empresa nacionales y transnacionales Especialidades en impuestos por la U. Panamericana y el ITESO