Si recibiste una carta invitación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), no caigas en pánico, siempre habrá una solución para el panorama que enfrentas.
En la mayoría de los casos, las cartas invitación llegan impresas y al domicilio fiscal del contribuyente, vía correo electrónico, mediante llamadas telefónicas pregrabadas o directas, o por el Buzón Tributario.
Éstas se envían cuando la autoridad registra inconsistencias en los datos que presentaste al darte de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), también porque hubiera detectado depósitos en efectivo en tu cuenta bancaria que no declaraste; en caso que haya mayores ingresos a los declarados (discrepancia fiscal) o ante la falta de una declaración provisional periódica o anual, indica el SAT.
Cuando recibimos una carta invitación, debemos tomar en cuenta que éstas no tienen fundamento legal, su atención es optativa, es decir, puedes hacer caso omiso o no de esta carta; es un aviso en el que la autoridad usa términos amigables, sin expresar fundamentos legales, sin embargo, es sugerible que pongas manos a la obra y aclares tu situación fiscal de inmediato, de tal modo que si existiese una revisión del SAT, tengas los elementos suficientes para desahogarla sin contratiempo.
En fg Desentis Consultores, S.C.estamos a tu disposición, y un grupo de profesionales en las áreas de asesoría fiscal, legal, contable y auditoría, te sabrán orientar.
JUL
Sobre el autor:
Contador Publico Titulado del ITESO Catedrático del ITESO en materias fiscales, financieras y contables. Ex Funcionario de empresa nacionales y transnacionales Especialidades en impuestos por la U. Panamericana y el ITESO