Recomendaciones preventivas ante las auditorías electrónicas.

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Es común que algunos contribuyentes se hayan atrasado en el pago y declaración de sus contribuciones. Ante este panorama, su perfil aparecerá como irregular en los registros del SAT, y por ende no deberá extrañarles recibir la notificación del mismo del inicio de una auditoría electrónica. Debido a ello nos atrevemos a ofrecer las siguientes recomendaciones:

  1. Permita a un contador público capacitado llevar a cabo un diagnóstico de su situación fiscal. De este tipo análisis suelen emerger estrategias favorables para el contribuyente.
  2. Lleve con orden sus registros contables. Todas las facturas emitidas y las deducciones deben estar debidamente soportadas con documentos fiscales y sus archivos electrónicos respectivos.
  3. Cuide que sus registros contables coincidan con los montos de sus documentos comprobatorios.
  4. Haga un relación de aquellos registros contables que carezcan del archivo electrónico comprobatorio, y aporte una justificación de la carencia.
  5. No está de más verificar sumas, restas, multiplicaciones y divisiones. Un error matemático puede acarrear un incumplimiento.
  6. Haga cruces de información. Es decir, los sueldos pagados deberán coincidir con le reportado ante el IMSS. Los depósitos bancarios con los ingresos reportados, los egresos bancarios con las deducciones, etc.
  7. Asuma que sus clientes reportarán sus facturas como deducciones, y sus proveedores sus facturas como ingresos. En caso de que SAT detecte diferencias, será motivo suficiente para iniciar una investigación.

 

Si pese a tener todo en orden es sujeto a una auditoría electrónica, recomendamos ampliamente que a través de sus asesores fiscales antepongan un acuerdo conclusivo, con el objetivo de detener la auditoría, y llegar a un acuerdo entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

A diferencia de las auditorías comunes, en las electrónicas la autoridad fiscal informa al contribuyente de una pre liquidación, es decir un monto supuesto que se debe, determinado a través de una revisión del SAT.

 

Será aquí cuando sus asesores fiscales evalúen la procedencia de la pre liquidación, y le aconsejen la mejor manera de desahogarla. Pues de no hacerlo, la autoridad continuará con la auditoria.

 

Si tiene alguna duda, o cree que su situación en vulnerable, no deje de contactarnos, con gusto le ayudaremos.

 

LCP Fernando Gabriel Desentis Reyes

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Sobre el autor:

Contador Publico Titulado del ITESO Catedrático del ITESO en materias fiscales, financieras y contables. Ex Funcionario de empresa nacionales y transnacionales Especialidades en impuestos por la U. Panamericana y el ITESO

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