Si una persona resulta afectada por la aplicación del acuerdo, podrían estudiarse las siguientes vías, según sus circunstancias:

  1. Juicio de amparo indirecto. Analizar la procedencia de impugnar el acuerdo general y/o su primer acto concreto de aplicación, planteando la invasión de la reserva de ley y la contradicción con el artículo 218. La procedencia, el interés jurídico o legítimo, el plazo y la posibilidad de suspensión requieren un análisis individual.
  2. Impugnación del acto concreto del IMSS. Si se rechaza una solicitud o se impone un salario de cotización inferior al permitido por la ley, habría que revisar la resolución, la vía procedente y sus plazos.
  3. Protección de la situación de quienes ya están inscritos. El acuerdo reconoce las condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado y los salarios y semanas efectivamente pagados. Es importante conservar la resolución de inscripción, comprobantes de pago y constancias salariales.

No recomendaríamos esperar a que se resuelva una controversia general si existe una afectación individual inmediata: los plazos procesales pueden ser determinantes. Tampoco debe suponerse que presentar un amparo suspenderá automáticamente la aplicación de las nuevas reglas.

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